Entra en vigor la ley que regula el trabajo a distancia

El trabajo a distancia toma fuerza cada día que pasa. No es para nada nuevo la tendencia a generar dinero sin salir de su casa. Sin embargo, era un sector que no estaba regulado y que crecía abruptamente. Por esta razón, el 22 de septiembre de 2020, el Gobierno aprobó una ley para que exista regulación. La medida fue acelerada en parte por las exigencias de la pandemia.

¿De qué trata la ley de regulación al trabajo a distancia?

Lo primero que hay que conocer es que la ley entró en vigor a partir del martes 13 de octubre. El boletín oficial publicó la nueva norma (Real Decreto, ley 28/2020) y dio un plazo de 20 días para que puedan adecuarse al nuevo plan.

El objetivo es claro. Lo que se busca con esta ley es “una regulación suficiente, transversal e integrada en una norma sustantiva única que dé respuestas a diversas necesidades, equilibrando el uso de estas nuevas formas de prestación de trabajo”.

En casos donde el trabajador tenga que cumplir más del 30% de su jornada a distancia, en un periodo superior a los tres meses, debe existir un contrato que lo estipule. Del mismo modo, el empleador tendrá la obligación de abonar los gastos que puedan surgirle al empleado el realizar su actividad de esta manera.

Otro punto importante de esta nueva ley es que el trabajo que se realiza a distancia o de manera remota tendrá que ser sufragado o compensado por la empresa contratista. Por otra parte, la compañía no puede, bajo ningún concepto, suponer que el empleado se haga responsable de las herramientas, equipos y gastos que provengan directamente de esto. En este sentido, serán los convenios colectivos o acuerdos los que determinen las correspondientes compensaciones que deban ejecutarse.

Por otro lado, según esta norma, todas las labores que hayan sido modificadas por la situación sanitaria a causa de la pandemia estarán enmarcadas dentro de las obligaciones y derechos ordinarios, mientras se mantengan las distintas medidas epidemiológicas. En este sentido, las empresas ya tienen la obligación de otorgarle las herramientas necesarias y el mantenimiento de los materiales de trabajo a los empleados que realizan su labor desde su hogar.

En el caso que deban realizarse compensaciones y no hayan sido efectuadas, serán los convenios y contratos colectivos los que determinen la forma de compensación por los gastos generados dentro de la pandemia.

Derechos iguales para todos los trabajadores

Un aspecto fundamental es que la ley exige que, sin importar la condición en que se realice la actividad, se deben mantener los mismos derechos y obligaciones laborales. La retribución, estabilidad en el empleo, posibilidad de promoción, formación y tiempo de trabajo deben ser respetados.

La ley de teletrabajo resumida

En pocas palabras, la ley de teletrabajo indica que esta modalidad será de tipo voluntaria. Si ambas partes están de acuerdo, debe existir un contrato que avale este tipo de relación laboral. Así mismo, es de carácter reversible. En cualquier momento, el trabajador o empleador podrá modificar ese convenio y volver a la rutina pre pandemia.

Este contrato puede ser realizado antes, durante o posterior a la pandemia, siempre que exista la conformidad de las partes. La ley enuncia fuertemente que no debe ser impuesto y que toda modificación debe estar firmada y contemplada entre los individuos.

Una diferencia muy marcada que hace la ley en este sentido es sobre el teletrabajo, el trabajo a distancia y el trabajo presencial. El primero es cuando una persona realiza sus actividades exclusivamente por medios electrónicos o sistemas informáticos o telemáticos. Debe notarse una prevalencia de este tipo de actividad para ser considerado teletrabajo.

El trabajo a distancia es otra de las categorías que menciona la ley de teletrabajo. Se denomina de esta manera a toda actividad que la persona haga desde su hogar, o el lugar que el empleador decida y sea en forma regular. En otros términos, el teletrabajo y el trabajo a distancia son muy similares, pero conceptualmente tienen grandes diferencias. En el primero, la persona decide sobre el lugar y tiene prevalencia de métodos electrónicos. En cambio, en el trabajo a distancia, el empleador puede decidir el lugar para realizar la labor y no siempre puede tener mayoría de métodos electrónicos para ejercer su desempeño.

Por último, el trabajo presencial. Es el que la mayoría define como tradicional. Una persona que se desempeña en el lugar que su jefe decide y realiza las actividades dentro del espacio físico de la empresa. De esta manera, al igual que en el teletrabajo, el empleador tiene decisión sobre el lugar que se utilice para ejercer las actividades.

Teletrabajo y confianza

El trabajo remoto es el presente, y su base es la confianza Damián es Ingeniero en Informática de la UBA. Tiene más de 10 años de experiencia en la industria, trabajó en empresas como Microsoft y Auth0, y se desempeña en esta última como Director de Ingeniería. En sus ratos libres le gusta pasar tiempo con su familia, amigos, hacer asados, practicar deporte y mirar la NBA.

Teletrabajo: conferencia de David Blay en TEDx

Comparto también una conferencia del speaker David Blay, experto en Teletrabajo. Como especialista en teletrabajo, asesora tanto a trabajadores freelance como a empresas, sobre los beneficios en forma de ahorro, de productividad, de retención del talento y de implicación de los empleados, que tiene este formato.

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